“Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación
para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”
El objetivo de la Ley 1620, es la de promover y
fortalecer la convivencia en los centros educativos, la formación ciudadana y
el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de los estudiantes;
además que busca la promoción, prevención, atención, detección de
comportamientos que atenten en contra de una buena convivencia escolar y
embarazos adolescentes, por las anteriores razones se hace necesaria la
reglamentación de esta ley en las instituciones educativas.
- Esta ley, reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, y a la comunidad educativa (instituciones educativas, familia, sociedad y estado) en los niveles de preescolar, básica y media como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política.
- Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.
- La ley debe garantizar la promoción, orientación y coordinación de estrategias, programas y actividades dirigidas a la promoción de derechos, estilos de vida saludable, convivencia pacífica, seguimiento en los casos de acoso escolar o vulneración de los derechos sexuales, reducación del embarazo precoz y el mejoramiento del clima escolar; debe ser aplicada en todos los establecimientos educativos oficiales y no oficiales dentro del territorio nacional.
Desventajas:
- La ley habla de la violencia escolar, haciendo ver a las escuelas y colegios como los primeros causantes, culpables y responsables de todos los actos violentos que ocurren en la sociedad. Pero no refleja que es la familia la primera escuela y formadora de los niños y niñas, en ella se generan la gran parte de valores que harán de ellos unos individuos íntegros o en ocasiones pueden ser todo lo contrario.
- La ley, delega en las instituciones educativas un sinfín de responsabilidades y funciones, además de otros proyectos pedagógicos diferentes a los de ley; habla además de crear espacios y rutas de atención, tener una atención de calidad con orientadores, psicólogos o maestros de apoyo, los cuales no existen, o simplemente hay 1 en cada institución educativa. Lo que hace que ahora las instituciones deleguen ese tipo de funciones a los docentes, cargándolos de más trabajo.
- Al hablar o tratar sobre los derechos sexuales y reproductivos en los adolescentes, muchos padres de familia delegaron esa educación sexual en los docentes y en la escuela, creyendo que eran ellos los que formarían a sus hijos y crearían conciencia sobre las relaciones sexuales, y los estudiantes supusieron que se les estaba dando la completa libertad para empezar su vida sexual.